Administración Federal de Ingresos Públicos

2023 - 3 - 15

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LA AFIP EN MADRYN BUSCANDO «QUE PAGUEN LOS QUE ... (LU17.COM)

La industria minera, del litio y entre otras la pesca, son las más apuntadas por el organismo recaudador. En las últimas horas llegó a Puerto Madryn el director ...

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Trabajar en AFIP: cómo conseguir empleo en el ente público (Revista Veintitres)

Aunque sea de difícil acceso, conseguir trabajo en AFIP no es algo imposible. Para enviar CV al ente recaudador de impuestos, deberás seguir una serie de ...

También, si se desea, se puede obtener una clave fiscal de la AFIP en la misma web del organismo. Hay un dato importante: si enviaste tu CV y no recibiste ninguna respuesta, volvé a enviarlo a los seis meses, reingresando al sistema y confirmando o corrigiendo la información. Según figura en la web oficial, ese es el único canal por medio del cual se publican las ofertas laborales. Por estos motivos, enterate de cómo enviar CV y conseguir un empleo en el ente recaudador de impuestos. Los aplicantes interesados en trabajar en AFIP pueden enviar el suyo directamente desde esa web, si cuentan con una clave fiscal. - Desde el espacio de Selección de Personal en la web de AFIP, seleccionar el botón para enviar el CV.

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA PATAGÓNICA - Licitación Pública 11/23.

16/03/2023 VALOR DEL PLIEGO: $ 0,00.- FORMA Y HORARIOS DE CONSULTA DE PLIEGOS: Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse a la dirección de correo electrónico [email protected], en días hábiles de 09:00 a 15:00 hs., hasta el día 31 / 03 / 2023, inclusive. FORMA Y HORARIOS DE SOLICITUD DE PLIEGOS: El Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberá ser solicitado a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected], en días hábiles de 09:00 a 15:00 hs., hasta el día 31 / 03 / 2023, inclusive.

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COLÓN.

16/03/2023 429, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), en los casos que corresponda, sin perjuicio de efectuar su DESTRUCCIÓN si resultare no apta o prohibida su comercialización (arts. 16/03/2023 N° 16219/23 v. 448 y 451 de mismo cuerpo legal), todo ello dando pleno cumplimiento a las normas vigentes de aplicación (conf. 04/08/2020 “-----Se pone en conocimiento de las personas citadas al pie del presente, que en el marco de las Actuaciones que se indican, se ha dispuesto que de abandonar voluntariamente a favor del Estado Nacional la mercadería en presunta infracción al artículo 987 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), dentro del perentorio término de QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, se procederá al ARCHIVO DEFINITIVO de las mismas SIN REGISTRAR el ANTECEDENTE, poniendo inmediatamente la mercadería a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y/o en su defecto, ordenar su COMERCIALIZACIÓN conforme al trámite previsto en la Ley Nº 25.603 y -supletoriamente- en los arts.

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COLÓN.

429, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), en los casos que corresponda, sin perjuicio de efectuar su DESTRUCCIÓN si resultare no apta o prohibida su comercialización (arts. 16/03/2023 16/03/2023 N° 16218/23 v. 448 y 451 de mismo cuerpo legal), todo ello dando pleno cumplimiento a las normas vigentes de aplicación (conf. “E” de la Instrucción General citada, HACIÉNDOLE SABER a los nombrados que de acreditar su condición fiscal dentro del perentorio término de QUINCE (15) días hábiles contados desde la fecha de publicación de este acto, podrán retirar las mercaderías involucradas previo pago de los tributos y cumplimiento de los requisitos exigidos para su importación, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren dentro de dicho plazo, se pondrán las mismas a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y/o, en su defecto, se ordenará su COMERCIALIZACIÓN conforme al procedimiento previsto en la Ley Nº 25.603 y -supletoriamente- en los arts. “-----Se pone en conocimiento de la persona citada al pie del presente, que en el marco de las Actuaciones que se indican, se ha dispuesto que de abandonar voluntariamente a favor del Estado Nacional la mercadería en presunta infracción al artículo 987 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), dentro del perentorio término de QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, se procederá al ARCHIVO DEFINITIVO de las mismas SIN REGISTRAR el ANTECEDENTE, poniendo inmediatamente la mercadería a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y/o en su defecto, ordenar su COMERCIALIZACIÓN conforme al trámite previsto en la Ley Nº 25.603 y -supletoriamente- en los arts.

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