Administración Federal de Ingresos Públicos

2023 - 2 - 7

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Gendarmería y AFIP ratifican la plena vigencia de un convenio de ... (Argentina.gob.ar Presidencia de la Nación)

En el día de hoy, con intervención del Ministro de Seguridad de la Nación Dr. Cdor Aníbal Fernández, el Director Nacional de la Fuerza Comandante General ...

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La AFIP detectó una gran cantidad de trabajo en negro en ... (Política del Sur)

La Administración Federal de Ingresos Públicos realizó operativos de control en el sur del conurbano bonaerense, y detectó irregularidades en el 9.

Un relevamiento realizo por inspectores de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en 20 establecimientos geriátricos de la zona sur del gran Buenos Aires detectó que el 93 por ciento de los trabajadores presentaban alguna irregularidad. Cada uno de estos empleados informales tenía a su cargo a más de 6 adultos mayores y sus jornadas laborales superaban largamente las 8 horas diarias. Los trabajos se hicieron e las localidades de Lanús y Adrogué.

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA JUJUY ... Notifica a las personas mencionadas, que se ha emitido Resolución y Fallo en las cual se le condena ...

08/02/2023 08/02/2023 N° 5786/23 v. 05-2017/2

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS - Resolución ...

08/02/2023 08/02/2023 N° 5855/23 v. Y COM., según Formulario OM – 2164/A Solicitud de Inscripción para Habilitación de Depósito Fiscal - Declaración Jurada agregado como archivo embebido al Informe Número: IF-2023-00097251-AFIPSNDJDVCFO1# SDGOAM anteriormente mencionado, solicita la desafectación bajo el régimen de depósitos fiscales del predio de la calle Mitre Nº 5651, de la Localidad Tropezón, Villa Lynch, Partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires, y en función de ello, a través de la Nota Número: NO-2023-00154283-AFIP-SDGOAM de Orden 22, esta unidad orgánica se propuso emitir el respectivo acto administrativo de baja, proyectado por medio del Módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y cuya previsualización se agregó a la misma como archivo embebido, a notificarse al interesado.

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - Resolución General 5325/2023 - RESOG-2023-5325-E-AFIP-AFIP - Regímenes ...

A los efectos previstos en el párrafo anterior, el beneficiario deberá presentar una nota a través del servicio “Presentaciones Digitales” dispuesto por la Resolución General N° 5.126, seleccionando el trámite “Bonos fiscales - utilización de imputación en exceso de anticipos”, y solicitando la aplicación del saldo imputado en exceso. Si además contemplara la baja de cualquier otro de los beneficios establecidos por el Régimen, deberá comunicar tal circunstancia a esta Administración Federal vía GDE, a fin de encarar los procedimientos pertinentes. A tales fines deberá ingresar al aludido servicio, seleccionar el bono que pueda ser cedido e informar los datos del cesionario. 08/02/2023 08/02/2023 N° 6201/23 v. ARTÍCULO 12.- Los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software de la Ley Nº 25.922 y su modificación, que hubieran ratificado su adhesión al régimen de la Ley N° 27.506 y su modificación -conforme con lo establecido en el artículo 31 de la Resolución Nº 268/22 (SEC)-, podrán consultar el saldo de los bonos fiscales calculados e informados por la autoridad de aplicación de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 7º y concordantes de la presente, y podrán utilizar dichos bonos a partir de los meses siguientes a la formalización de la adhesión mediante el procedimiento previsto en los mencionados artículos. Ley N° 27.506 y sus modificaciones. ARTÍCULO 6°.- A efectos de la disponibilidad del bono de crédito fiscal previsto en los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.506 y sus modificaciones en el Sistema de Administración de Incentivos y Créditos Fiscales de este Organismo, la Secretaría de Economía del Conocimiento del Ministerio de Economía le informará a esta Administración Federal la nómina de los bonos emitidos, utilizando el formulario de declaración jurada N° 1.400, el cual deberá contener los siguientes datos: Que en el artículo 8º de la citada ley se prevé que la Autoridad de Aplicación del régimen y esta Administración Federal, en el marco de sus respectivas competencias, establecerán la forma y las condiciones para la emisión, registración y utilización de los bonos de crédito fiscal; así como también se regula en el artículo 14 la información que esta Administración Federal proporcionará a la Autoridad de Aplicación para su control. Decreto N° 679/22. ARTÍCULO 1°.- A fin de presentar la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento (“Registro EDC”) para acceder a los beneficios del régimen, se deberá -de acuerdo a lo previsto en el artículo 22 de la Resolución Nº 268 del 14 de diciembre de 2022 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA- completar y autorizar por transferencia electrónica de datos el envío del Formulario N° 1278 a través del servicio denominado “Régimen de la Promoción de la Economía del Conocimiento - Solicitud de Inscripción/Revalidación anual” disponible en el sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), utilizando la respectiva “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, obtenida según el procedimiento dispuesto por la Resolución General N° 5.048 y su modificatoria. Que mediante la Ley Nº 27.506 y sus modificaciones, se creó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento con el objetivo de promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

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