Superintendencia de Salud

2023 - 1 - 2

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Prepagas: habrá que llenar un formulario para limitar aumentos (iprofesional.com)

Para ello, los afiliados a la medicina privada deberán informar a la Superintendencia de Servicios de Salud si ganan menos de seis salarios mínimos ($ 371.718).

Para los que perciben más de 6 SMVM, el valor de la cuota se incrementa el 8,21%, según la variación del Índice de Costos de Salud. [las críticas de Cristina Kirchner al aumento del 13,8% que surgía del Índice de Costos para el mes de diciembre](https://www.iprofesional.com/economia/371770-cristina-kirchner-cargo-contra-el-aumento-de-las-prepagas). la cuota se ajustará el 4,91%, equivalente al 90% de la variación de los salarios formales según el RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) del mes inmediato anterior publicado (octubre, que arrojó el 5,45%). Y mes a mes irán variando de manera diferente, según si superan o no los 6 SMVM. Será del 4,91% o el 8,21%, según los ingresos netos de los titulares. 9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione". Una vez en la página de la Superintendencia, el afiliado deberá hacer clic en el acceso a "Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas". Y agregan: "La declaración jurada, a los efectos de aplicar el ajuste mencionado, deberá ser real y veraz, resultando cualquier omisión o inexactitud causal suficiente para iniciar las acciones judiciales que pudieran corresponder". "Para acceder a este ajuste (del 4,91%) usted deberá informar con carácter de Declaración Jurada y en forma mensual los ingresos netos de los y las contratantes del mes anterior, a través del sitio web que habilitará la Superintendencia de Servicios de Salud". Se trata de una "declaración jurada de ingresos" que se hará en Internet. Para acceder a él hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP. Si la persona acredita menores ingresos, podrá recibir un aumento de para que el incremento sea solo de 4,91% en febrero.

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Prepagas: cómo es el trámite para limitar los aumentos de las ... (Infobae.com)

Es para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. Para ellos, el incremento de la cuota tendrá como tope máximo ...

Un feriado en los EEUU reduce el volumen de negocios](/economia/2023/01/02/mercados-la-bolsa-argentina-retoma-el-alza-tras-un-brillante-2022/) A continuación, hacer clic en SÍ en las dos casillas de condiciones (declaración y autorización) y confirmar el trámite haciendo clic en el botón “confirmar”. En caso de requerir hacerlo para más de una prepaga, se debe hacer en declaraciones juradas individuales. Este mes de enero se aplicó la segunda parte del aumento establecido para diciembre 2022 que inicialmente era de 13,8% -de acuerdo a una fórmula que ya dejó de aplicarse- y luego el Gobierno lo desdobló en dos aumentos de 6,9% (uno en diciembre y otro en enero). El resto, se divide entre los que contratan prepagas en forma directa -más de 1,6 millones- o trabajan en relación de dependencia y derivan sus aportes obligatorios a entidades que suscriben convenios con las prepagas. En esos casos, el incremento del valor de la cuota autorizado tendrá como máximo el 90% del índice de evolución de los salarios Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).

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Prepagas: paso a paso, cómo llenar el formulario para limitar ... (Los Andes (Mendoza))

Medicina Prepaga: para este mes, el alza ya está pautada en 6,9%, pero en febrero arranca el nuevo índice mensual que arrojará incrementos del 4,91% al 8 ...

En el proceso, deberás escanear el código de barras de tu DNI y efectuar gestos para que podamos verificar tu identidad. Vas a necesitar un dispositivo móvil con cámara frontal y acceso a internet, contar con DNI argentino en formato tarjeta y ser mayor de edad. Elegí el trámite de tu interés haciendo clic en la opción correspondiente. ya estás en el portal Mi SSSalud. 1-Para acceder a él hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP. Para acceder al formulario hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP.

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Prepagas: trámite para limitar el aumento ¿Cómo es el formulario ... (EL LITORAL)

Los aumentos de las cuotas de las empresas de medicina prepaga tendrán un tope para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos ($ 371.718) ...

Los aumentos de las cuotas de las empresas de medicina prepaga tendrán un tope para quienes tengan ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos ($ 371.718). Antes de ingresar, es requisito tener Clave Fiscal nivel 3 de la AFIP o superior y adherir el servicio “Mi Salud” a la clave fiscal. Los usuarios del servicio de medicina prepaga deberán realizar una “declaración jurada de ingresos” que se hará en la

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La estrategia para evitar el aumento máximo en las prepagas (MDZ Online)

Las empresas de medicina prepaga anunciaron un aumento del 8,21% en las cuotas para sus afiliados pero aquellos que acrediten menores ingresos podrán acceder a ...

9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione”. Luego de ese paso, el usuario debe hacer click en "Autorizo a la SSSalud a validar los datos ingresados con otros organismos”. Los afiliados que perciban ingresos menores a seis salarios mínimos ($371.718), tengan clave fiscal de nivel 3 o superior y estén adheridos al servicio en el sitio de AFIP, pueden acceder de manera online en la web de la En ese sentido, la variación de los ingresos de los afiliados y la evolución del salario mínimo vital y móvil (SMVM) también pueden registrar variaciones mensuales y por ende, desde el organismo solicitan una actualización cada 30 días. Las empresas de medicina prepaga anunciaron un aumento del 8,21% en las cuotas para sus afiliados pero aquellos que acrediten menores ingresos podrán acceder a un beneficio para que dicho incremento sea del 4,91% en febrero. Hasta el próximo 20 de enero hay tiempo de completar el formulario para obtener el beneficio que disminuye el porcentaje de aumento en las cuotas de las empresas de medicina prepaga.

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Prepagas: cómo es el formulario que hay que completar para tener ... (Diario ElSol.com.ar Mendoza)

Frente a nuevos ajustes en las cuotas mensuales, los afiliados a prestaciones de medicina privada deberán informar a través de un formulario si ganan menos de ...

En este último caso, explica la medida, en la mayoría de los casos cubren con sus ingresos “las diferencias que resulten del plan de cobertura que suscriban; careciendo también este universo de personas de capacidad de negociación del precio del servicio que contratan”. Para acceder hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP. En cuanto a los aumentos, la medida establece que a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas de las prepagas, incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de obras Sociales, tendrá como tope máximo el 90% del índice Ripte del mes inmediato anterior publicado. De lo contrario, el ajuste será del 8,21%. En ese marco, dispuso además que las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, “idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copagos“. Asimismo, destaca que “es obligación del Estado implementar políticas que desalienten la inercia inflacionaria que afecta el normal desarrollo de las actividades de las empresas y los ciudadanos, especialmente a los sectores del trabajo y la producción que se intentan proteger”.

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Medicina prepaga: cómo completar el formulario para pagar menos ... (ADN Sur)

Los usuarios de la medicina prepaga tendrán que informar a la Superintendencia de Servicios de Salud, su salario. Los aumentos serán entre el 4,91% y el 8 ...

Esta línea divisoria a la hora de fijar los aumentos de las cuotas –que pasan de bimestrales a mensuales– se estableció a comienzos de noviembre por medio del decreto 743/2022, luego de las críticas de Cristina Kirchner al aumento del 13,8% que surgía del Índice de Costos para el mes de diciembre. Para los que perciben más de 6 SMVM, el valor de la cuota se incrementa el 8,21%, según la variación del Índice de Costos de Salud. No disponible sin conexión BENEFICIOS PARA LOS VECINOSRawson: Comenzó la semana para acceder al 25% de descuento del pago adelantado de impuestosEl municipio, a través de la Secretaría de Hacienda, comunica a los vecinos de la capital provincial se atraviesa la última semana para poder acceder al beneficio del 25% de descuento por el pago anual adelantado de impuestos del 2023. la cuota se ajustará el 4,91%, equivalente al 90% de la variación de los salarios formales según el RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) del mes inmediato anterior publicado (octubre, que arrojó el 5,45%). No disponible sin conexión pago con descuentoExtienden el plazo de Pago Anual de Impuestos con 30% de descuento en TrelewSe puede abonar en 12 cuotas sin interés con Tarjeta Patagonia 365, o en 6 cuotas con Tarjeta CABAL. Y mes a mes irán variando de manera diferente, según si superan o no los 6 SMVM. Será del 4,91% o el 8,21%, según los ingresos netos de los titulares. 9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione". Y agregan: "La declaración jurada, a los efectos de aplicar el ajuste mencionado, deberá ser real y veraz, resultando cualquier omisión o inexactitud causal suficiente para iniciar las acciones judiciales que pudieran corresponder". Los usuarios de la medicina prepaga tienen que informar a la Superintendencia de Servicios de Salud su salario. "Para acceder a este ajuste (del 4,91%) usted deberá informar con carácter de Declaración Jurada y en forma mensual los ingresos netos de los y las contratantes del mes anterior, a través del sitio web que habilitará la Superintendencia de Servicios de Salud". Una vez, luego de ingresar dar clic en el acceso a "Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas".

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Prepagas: para pagar menos habrá que inscribirse, cómo hacerlo (El Marplatense)

El 1° de febrero se pondrá en marcha un índice mensual de aumento de las cuotas de la medicina prepaga de forma diferenciada por ingreso.

Una vez en la página de la Superintendencia, el afiliado deberá hacer clic en el acceso a "Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas". En el sitio, una vez ingresado, hay que dirigirse a la opción "Administrador de relaciones de clave fiscal", donde se clickea en la opción "Adherir al Servicio". Para acceder a él hay que tener clave fiscal de nivel 3 o superior y adherir al servicio en el sitio de AFIP.

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Aumento en prepagas: todas las dudas y cómo llenar el formulario ... (Clarín.com)

Hay tiempo hasta el 20 de enero para evitar la suba del 8,21 por ciento. Depende del salario del solicitante. Paso a paso, una guía para hacer el trámite.

Elegí el trámite de tu interés haciendo clic en la opción correspondiente. Vas a necesitar un dispositivo móvil con cámara frontal y acceso a internet, contar con DNI argentino en formato tarjeta y ser mayor de edad. En el proceso, deberás escanear el código de barras de tu DNI y efectuar gestos para que podamos verificar tu identidad. Soy jubilado y cobro menos de 6 salarios mínimos”, preguntó Eduardo en la red. Por empezar, el sistema on line colapsó frente a la gran cantidad de afiliados que intentaban registrarse en simultáneo. ya estás en el portal Mi SSSalud. La nueva fórmula de actualización de las cuotas, que regirá a partir de febrero y durante 18 meses, tendrá en cuenta la evolución salarial. Se trata de una "declaración jurada de ingresos" que debe ser registrada por el usuario titular. Para este mes, el alza ya está pautada en 6,9%, pero en febrero arranca el índice mensual que arrojará incrementos del 4,91% al 8,21%, según un esquema de segmentación por ingresos. Pero no descartan que se empiecen a acumular durante los próximos días. Ah, además serán mensuales y me iré enterando mes a mes”. Según pudo saber Clarín, los usuarios se enfrentaron este lunes a diferentes problemas que obstaculizaron el éxito del trámite.

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Prepagas: cómo hacer el trámite para limitar los aumentos (Perfil.com)

Hasta el próximo 20 de enero hay plazo para completar un formulario y de esa manera evitar que el aumento de la cuota de la medicina prepaga sea el máximo, ...

Una vez en la página de la Superintendencia, el afiliado deberá hacer clic en el acceso a “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas. El beneficiario no podrá registrar más de una Declaración Jurada por período para la misma prepaga. - El usuario deberá buscar su compañía prestadora del servicio a través el número de CUIT o ingresando parte de la denominación, lo cual desplegará una lista con las coincidencias que se van generando. Sin embargo, los altos ajustes de los últimos meses del año llevaron al Gobierno a establecer un nuevo mecanismo de subas para las personas que tienen ingresos menores a seis salarios mínimos. [página web](https://www.sssalud.gob.ar/misssalud/) del organismo o haciendo clic en el enlace. El trámite debe realizarse todos los meses en la

Superintendencia Nacional de Salud adopta plan anual de gestión ... (Ámbito Jurídico)

El nuevo instrumento deberá ser cumplido por los funcionarios de la entidad para contribuir al logro de su misión y objetivos.

Así mismo, serán responsables de impartir en forma oportuna las orientaciones e instrucciones necesarias para la ejecución, seguimiento y cumplimiento. Cualquier modificación al nuevo plan de gestión deberá estar debidamente justificada y podrá ser solicitada mediante memorando dirigido al jefe de la Oficina Asesora de Planeación. La Superintendencia Nacional de Salud, por medio de la Resolución 2022100000008321-6, del 2 de diciembre, adoptó su plan anual de gestión para la vigencia 2023, como instrumento que orientará la ejecución de actividades necesarias para el cumplimiento de la misión institucional.

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Prepagas: qué trámite habrá que hacer cada mes para tener una ... (LA NACION)

A partir de febrero próximo se aplicará un nuevo mecanismo para definir los incrementos de las cuotas de la medicina prepaga. Hasta el final de 2022 rigió ...

El campo llevará al Ministerio de Trabajo la pelea con un gremio por un bono](/economia/campo/el-campo-llevara-al-ministerio-de-trabajo-la-pelea-con-un-gremio-por-un-bono-nid02012023/) [Nuevas proyecciones. Según un instructivo publicado en la página www.argentina.gob.ar, los afiliados que cumplan con el requisito para que se aplique el tope al porcentaje de la suba, deberán completar la declaración jurada sobre su situación entre los días 1° y 20 de cada mes (en el caso del primer período de implementación, el mecanismo se pondrá en marcha con demoras). Dramáticas imágenes del ganado desesperado por la sequía en el norte de Santa Fe](/economia/campo/regionales/dramaticas-imagenes-del-ganado-desesperado-por-la-sequia-en-el-norte-de-santa-fe-nid02012023/) [Minuto a minuto. ¿A cuánto cotizan el dólar blue y el oficial?](/economia/dolar/dolar-blue-dolar-hoy-a-cuanto-cotiza-este-lunes-2-de-enero-nid02012023/) [Dólar hoy. Si se consideran los ingresos de diciembre, en febrero tendrán una suba de 4,91% (en lugar de 8,21%) quienes declaren haber percibido, por el último mes de 2022, salarios o ingresos laborales o previsionales menores a $371.718 (es el monto equivalente a seis veces el salario mínimo que rigió el mes pasado). Según afirmó Belocopitt, la nueva modalidad para definir las cuotas fue “aceptado” por el sector, pero no es fruto de un consenso. También se le pedirá al afiliado habilitar a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar la información con otros organismos del Estado. Se estima que el período de referencia, en cuanto a los datos de ingresos, para el reajuste de las cuotas de febrero será diciembre, porque es el mes más reciente del cual los afiliados podrán ver su situación. Según el decreto 743, de noviembre pasado, el tope para las subas que está vinculado con la evolución de los salarios formales se aplicará “respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles”. Una vez aprobada esa reglamentación, está previsto que se habilite el formulario para la declaración jurada sobre ingresos en la página [índice de costos de la salud ](https://www.argentina.gob.ar/sssalud/transparencia-activa-superintendencia-de-servicios-de-salud/indice-de-costos-de-salud)será de 8,21% (ese fue el aumento de esa variable en noviembre), mientras que el 90% de la variación del ya mencionado índice salarial fue en octubre (último dato disponible) de 4,91%. A partir de febrero próximo se aplicará un nuevo mecanismo para definir los incrementos de las cuotas de la medicina prepaga.

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Prepagas: para pagar menos habrá que llenar un formulario todos ... (Página 12)

Las compañías comenzaron a informar que en febrero habrá otra suba de 8,21 por ciento, pero para quienes ganen menos de 6 salarios mínimos el incremento...

A continuación, hay que hacer click en “sí” en las dos casillas de condiciones (declaración y autorización) y confirmar el trámite haciendo click en el botón “confirmar”. En caso de percibir más de 6 salarios mínimos el valor de la cuota se ajusta por el actual Índice de Costos de Salud, vigente desde agosto. Además, se aclara que clara que "esta medida se aplicará respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM)".

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA ... (BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA)

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD - Resolución 1956/2022 - RESOL-2022-1956-APN-SSS#MS.

03/01/2023 03/01/2023 N° 9/23 v. Que conforme a lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 de fecha 27 de mayo de 2021, han tomado intervención la Dirección Nacional de Análisis y Planificación del Empleo Público y la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 86/22 se dio inicio al proceso para la cobertura de NOVENTA Y SEIS (96) cargos vacantes y financiados de la planta permanente del SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Coordinador Concursal y su alterno, conforme con lo establecido por el artículo 14 del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias. Que a través de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 221/22, se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección, para la cobertura de los cargos vacantes y financiados pertenecientes a la planta permanente del SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de acuerdo con el detalle que obra en el Anexo I de la citada Resolución. VISTO los Expedientes N° EX-2021-80869607- -APN-SRHYO#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y N° EX-2022-112190052- -APN-SRHYO#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley Nº 25.164, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 prorrogada por el Decreto Nº 882 del 23 de diciembre de 2021 para el Ejercicio 2022, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 449 del 7 de mayo del 2021, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº 86 de fecha 10 de mayo de 2022, 115 de fecha 29 de junio de 2021 y 221 de fecha 5 de octubre de 2022, y

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA ... (BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA)

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD - Resolución 2/2023 - RESOL-2023-2-APN-SSS#MS.

Junto con los planes, deberán presentarse sus cuadros tarifarios con el detalle de los valores de copago para cada prestación incluida. 03/01/2023 03/01/2023 N° 210/23 v. Que, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 5° de la Resolución N° 2577/22 y en el artículo 1° de la Resolución N° 1/23, ambas del MINISTERIO DE SALUD, corresponde regular las prestaciones de primer y segundo nivel que podrán dar lugar al cobro de copagos en los planes de cobertura que las Entidades de Medicina Prepaga deben ofrecer, de conformidad con el artículo 2° del Decreto N° 743/22. ARTICULO 1°.- De conformidad con lo previsto en el artículo 1° de la Resolución N° 1/23 del MINISTERIO DE SALUD, las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) sólo podrán cobrar copagos o coseguros por las prestaciones de primer y segundo nivel incluidas en el ANEXO I (IF-2022-140106763- -APN-GCP#SSS) que se aprueba y forma parte de la presente Resolución. ARTICULO 2°.- Las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) deberán presentar a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, para su verificación y registro, los planes con copagos ofrecidos en los términos del artículo 2° del Decreto N° 743/22. Que, en función de las diferentes modalidades de financiamiento de los sistemas señalados, y atento lo establecido por el artículo 2° del Decreto N° 743/22 y el artículo 5° de la Resolución N° 2577/22 del MINISTERIO DE SALUD, resulta claro que los copagos a percibir por las Entidades de Medicina Prepaga por prestaciones incluidas en el PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO (PMO) se encuentran sometidos a un régimen especial y con reglas diferenciadas de las aplicables a los Agentes del Seguro de Salud. Que dicha norma fue complementada por el artículo 5° de la Resolución N° 2577/22 del MINISTERIO DE SALUD, que estableció que los valores de copagos para prestaciones de primer y segundo nivel en los planes de cobertura que las Entidades de Medicina Prepaga deben ofrecer de conformidad con el artículo 2° del Decreto N° 743/22, se encontrarán sometidos al contralor de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Que, en función de ello, por la Resolución N° 1/23 del MINISTERIO DE SALUD, se instruyó a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a establecer un sistema de copagos y topes para las Entidades de Medicina Prepaga, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N°743 del 6 de noviembre de 2022 y a dictar las medidas pertinentes a tal fin. Que, posteriormente, por el artículo 2° del Decreto N° 743/22, se dispuso que las Entidades de Medicina Prepaga deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) menor al plan sin copagos. Que los valores resultantes de la readecuación arancelaria precedentemente referida se fijaron como tope máximo, disponiéndose, en el artículo 3° de la Resolución N° 58/17, que los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga determinarán el lugar y la modalidad operativa en que serán abonados. Que por la Resolución N° 201/02 del MINISTERIO DE SALUD y sus normas modificatorias y complementarias se estableció el PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO (PMO), que determina las prestaciones básicas esenciales que deben garantizar los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga a sus afiliados y afiliadas.

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